Desde la policía comunal juarense se informa que con motivo de llevarse a cabo este 13 de Agosto del cte. mes y año las Elecciones P.A.S.O 2023, acuerdo lo establecido por el Código Electoral, deberán cesar las actividades comerciales de venta de bebidas alcohólicas y quitar de exhibición u ocular de la vista las mismas, a partir de las 20:00 horas del día 12 Cte., las mismas podrán ser retomadas a partir de las 21:00 horas del día 13 del corriente mes y año en curso. A continuación se le entera del contenido del contenido del Código Electoral Decreto 2.135/83 con las modificaciones introducidas por la Leyes 23.247; 23.246; 24.012; 24.444 y 24.904, según lo establecido en el Artículo 136.“Expendio de bebidas alcohólicas. Se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario” y lo establecido en el Artículo 71 “Prohibiciones durante el día del comicios. Queda prohibido: (… …) Inc. “b” Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado. Inc. “c” Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas de cierre del comicios”.-