DECRETOS 2020
– Dto. 1156-
BENITO JUÁREZ –Septiembre 14 de 2020 –
VISTO la continuidad del estado de Emergencia Sanitaria y la prórroga del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, establecido por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 576/2020, a raíz de la evolución del Coronavirus (Covid-19); y
CONSIDERANDO que en nuestro Distrito, al día de la fecha se cuenta con treinta y cinco (35) casos activos de Coronavirus (COVID-19), de los cuales 22 pertenecen a las localidades de Barker –Villa Cacique;
QUE la Comisión Municipal de la Salud sugiere al Departamento Ejecutivo, restringir en estas localidades, el funcionamiento de locales de esparcimiento y reunión, como lo son los gastronómicos;
QUE así mismo y debido a los casos existentes, se continuará con la suspensión de algunas actividades en el resto del Distrito de Benito Juárez;
QUE en el marco de las facultades legalmente atribuidas (arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional, arts. 190 y cctes. de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 1, 107, 108 y cctes. de la Ley Orgánica de las Municipalidades) resulta necesario el dictado de este acto administrativo;
QUE el Secretario de Gobierno, dispone el dictado del presente Acto Administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Articulo 1°.-Dispóngase, a partir del día 14 hasta las 00:00 horas del 22 de Septiembre de 2020 y/o hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, la reapertura de las siguientes actividades deportivas al aire libre: Tenis, Equitación, Remo y Canotaje; en todo el Distrito de Benito Juárez.—————————————
Articulo 2°.- Dispóngase, a partir del día 14 hasta las 00:00 horas del 22 de Septiembre de 2020 y/o hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, la reapertura de las actividades recreativas al aire libre; en todo el Distrito de Benito Juárez.——–
Articulo 3°.-Continúan suspendidas hasta a las 00:00 horas del 22 de Septiembre de 2020 y/o hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, las actividades deportivas que se desarrollen en espacios cerrados: Gimnasios, Zumba, Danzas, Pilates, Yoga, y demás actividades similares; en todo el Distrito de Benito Juárez.—————————————————————————–
Artículo 4º.-Dispongase a partir del día 15 hasta las 00:00 horas del 22 de Septiembre del 2020, la suspensión temporal del servicio de comidas y bebidas para consumo en locales gastronómicos, a saber: bares, restaurantes, parrillas, cervecerías, cafeterías y similares, en las localidades de Villa Cacique y Barker.————-
Articulo 5º.- Continúan prohibidas las actividades sociales, con distanciamiento físico de hasta 10 personas en el Distrito de Benito Juárez.———————————– -2-
Artículo 6°.- Las autoridades de aplicación del presente Acto Administrativo será la Dirección de Inspección General, Dirección General de Deportes y Secretaría de Salud.———————————————————————————–
Artículo 7°.- El incumplimiento de lo establecido en éste Decreto, dará lugar a la aplicación de las consecuencias previstas en el marco normativo respectivo. –
Artículo 8°.- Todo aquel que incumpla con el articulado que antecede, será pasible de la clausura inmediata del local comercial y/o de multa pecuniaria, en el caso de corresponder.——————————————————————————
Artículo 9º.-Refrendarán el presente Acto Administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.—-
Artículo 10º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, Recursos Humanos, Presupuesto, Contaduría, Secretarías de Desarrollo Social, Salud, Ente Descentralizado Hospital “Dr. Alfredo Saintout”, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Hacienda, y de Gobierno, Dirección de Cultura, de Deportes, Producción, Dirección General de Servicios, y Delegaciones Municipales, Auditoría, cumplido archívese.————————
DECRETO Nº 1156.-