Hay que recordar que los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses.
En lo que refiere a la categoría F, el monto máximo será de $8.020.661,11 y los contribuyentes deberán aportar mensualmente $29.223,11.
La categoría G tendrá un tope de ingreso mensual de $ 9.624.793,31, por lo cual el organismo recaudador fijó un aporte mensual de $ 33.439,61.
Respecto de las categorías H e I, los nuevos topes serán de $11.916.410,77 y de $13.337.213,57, respectivamente, y el contribuyente deberá aportar $56.402,68 y $81.121,96.
Por último, los nuevos valores para las dos categorías más altas quedaron fijados en $93.619,47 para la J y en $106,964,65 para la K, con un límite de ingresos de $15.285.088,45 y $16.957.969,16, respectivamente.
Cabe recordar que los parámetros a considerar en la recategorización son: los ingresos brutos, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados, todos acumulados en los últimos 12 meses, y la superficie afectada a la actividad.
Por otra parte, no están obligados a cambiar de categoría si al momento del trámite no transcurrió un semestre calendario completo desde el inicio de actividades.
Paso a paso para hacer la recategorización del monotributo
- Acceder al portal del monotributo en la página web de la AFIP e ingresá con CUIT y la clave fiscal.
- Ingresar a la opción “Recategorización” y elegir “Recategorizarme”. Esta opción se habilita durante los meses de enero y julio, siendo los únicos dos períodos en los que los monotributistas pueden recategorizarse.
- El sistema te va a mostrar tu categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría. Para recategorizarte presionar el botón “Continuar recategorización”.
- El siguiente paso es informar el monto facturado en los últimos 12 meses y completar el resto de la información solicitada.
- Por último, el sistema te mostrará la categoría que te corresponde de acuerdo a los datos que aportaste. Revisar si los datos proporcionados son correctos y clickear “Confirmar categoría”.
El pago del monotributo con el monto de la nueva categoría se realizará a partir del mes siguiente al de la recategorización.
Hay que destacar que en los casos en que el monotributista no se recategorice cuando corresponde hacerlo, la AFIP podrá aplicar sanciones o recategorizarlo de oficio. En este último caso, el contribuyente recibirá una notificación en el domicilio fiscal el primer día hábil de febrero.
“Se podrá presentar un recurso de apelación a la categoría asignada dentro de los 15 días de recibida la notificación, a través del servicio con clave fiscal “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”. Vencido el plazo, el recurso podrá iniciarse mediante el trámite “Recategorización de oficio del monotributo – recurso fuera de término”, indica la AFIP.
Fuente: Infobae